Se ha publicado en el BOE la Orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria de ayudas al impulso de la economía circular, en el marco del PERTE de Economía Circular (línea de acción 2) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Se podrán beneficiar las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia, entidades de economía social que no formen parte del sector público, y las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social, que cumplan con los requisitos de las bases reguladoras.

Quedan excluidos de esta convocatoria los proyectos relacionados con sectores que trabajen con los productos y residuos del textil y de la moda, del plástico y de los bienes de equipos para energías renovables (línea de acción 1 del PERTE de Economía Circular).

Se subvencionarán los proyectos y actuaciones que contribuyan de forma sustancial a la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales, situando a la empresa por encima de los niveles mínimos exigidos por las normas de la Unión o las normas técnicas mínimas disponibles en el mercado, y que pertenezcan a las siguientes categorías de actuación:

a) Reducción del consumo de materias primas vírgenes, mediante, al menos, una de las siguientes opciones: uso de subproductos, uso de materiales procedentes de residuos, remanufactura de productos, incremento de la eficiencia del uso de materiales (excluidas la eficiencia hídrica y energética).

b) Ecodiseño y puesta en el mercado de productos realizados bajo esquemas de ecodiseño, mediante al menos una de las siguientes opciones: aumento de la vida útil de los productos, incremento de la reparabilidad de los productos o de su capacidad de actualización, cambios hacia productos reutilizables y modelos de reutilización, mejora en la reciclabilidad, sustitución de sustancias peligrosas y extremadamente preocupantes en materiales y productos, y desarrollo o cambio hacia modelos de consumo basados en los servicios

c) Mejora de la gestión de residuos: desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamiento de residuos que permita incrementar y optimizar la obtención de material para el reciclado de calidad, e inversiones en sistemas e infraestructuras que impulsen la preparación para la reutilización. No serán subvencionables las actuaciones destinadas al tratamiento y regeneración de aguas residuales

d) Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas que, en base a los sistemas de información, plataformas, servicios de internet de las cosas, big data, redes de conectividad, inteligencia artificial, impresión 3D y/o tecnología blockchain. En este caso, las empresas no PYME solo podrán participar en forma de agrupación, donde intervenga al menos una PYME y colabore como mínimo con el 30 % de los costes subvencionables.

Ayudas: Subvención de porcentajes diversos según el tipo de actuación y el beneficiario, con un importe mínimo de 150.000 € y máximo de 10 M€ por proyecto y entidad (excepto en el caso de los estudios de viabilidad y proyectos de digitalización que tendrá un importe máximo de 5M€).

Los proyectos no podrán finalizar más tarde de las siguientes fechas en función del importe de ayuda asignado: 31 de diciembre de 2023 para proyectos con ayuda mayor o igual a 150.000 € y menor o igual a 400.000 €, 31 de diciembre de 2024 para proyectos con ayuda mayor a 400.000 € y menor o igual a 2,5M€, y 31 de diciembre de 2025 para proyectos con ayuda mayor a 2,5 M€ hasta 10M€.

Plazo y solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 21 de enero de 2023. La tramitación telemática se debe realizar a través de la web de la Fundación Biodiversidad.

Para obtener más información:

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